Director: Lic. Tomás Luciani
revista@contextotucuman.com


ACTUALIDAD

La Corte de Alperovich se hizo cargo del amparo de Carlos López: adivine a favor de quién saldrá el fallo

Jueves 07 de Junio de 2012 16:40:16 |

La Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT) resolvió que es competente para resolver el amparo de Carlos López, el aspirante a juez seis veces vetado por el Poder Ejecutivo (PE). La resolución, que fue notificada esta mañana, tiene fecha del miércoles y habría sido dictada a última hora de ese día.

El alto tribunal queda así en condiciones de fallar sobre el fondo de la cuestión. Es decir, decidir si el gobernador José Alperovich está o no obligado a fundamentar el acto discrecional por el que elige a cualquiera de los tres postulantes de la terna elaborada por el Consejo Asesor de la Magistratura (CAM). Además, la Corte debe expedirse sobre las recusaciones con causa que López planteó ayer. Según el amparista, los cinco vocales titulares deben abstenerse de juzgar en su caso.

A última hora de ayer y mientras corrían rumores de un inminente pronunciamiento de la Corte, el concursante frustrado presentó un escrito en el que denunció la violación del debido proceso legal, del derecho de defensa, y de la garantía de ser juzgado por un juez natural, imparcial e independiente.

Además, recusó con causa a Antonio Estofán, presidente de la CSJT, por su amistad con el gobernador, José Alperovich, y a Daniel Posse (hermano del fiscal de Estado, Jorge Posse Ponessa), René Goane, Claudia Sbdar y Antonio Gandur, vocales del alto tribunal que se desempeñan o desempeñaron como consejeros en el Consejo Asesor de la Magistratura.

Este último martes alrededor de las 20, Luis Augusto De Mitri, ministro fiscal, estampó su firma en un dictamen favorable a la competencia de la CSJT. Esta opinión, que no es vinculante, habilitaba al alto tribunal para emitir una resolución sobre si corresponde o no que se avoque a resolver el amparo de López.

De Mitri había interpretado que el asunto entra dentro del artículo 4 del Código Procesal Constitucional, que establece la competencia exclusiva de la Corte cuando la petición en cuestión trate sobre actos lesivos que emanen del PE, el Poder Legislativo, las cámaras de apelaciones y cámaras de instancia única. "Si bien la competencia exclusiva que prevé la norma es de carácter restrictivo (...) se observa que el acto cuestionado está constituido por la solicitud de acuerdo para la desginación de un funcionario constitucional del Ministerio Público Fiscal (...), por lo que su rango es constitucional y su naturaleza, institucional", razonó en un escrito de una foja sola.

Ese mismo martes por la tarde, Estofán había enviado un oficio a Rodolfo Novillo, presidente de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, requiriéndole el expediente. Si bien el oficio no mencionaba ninguna presentación del PE en el alto tribunal, el fiscal de Estado Posse Ponessa confirmó ayer que había solicitado su avocación vía "per saltum" -instituto que se aplica para "saltear" una instancia- a las nueve de la mañana, antes de pedir la nulidad y recurrir la cautelar que dictó Novillo.

El sábado, este camarista suspendió provisoriamente el trámite de designación de Diego López Ávila como fiscal de Instrucción en lo Penal de la IV Nominación de esta Capital (ese postulante ocupa el segundo lugar en la terna del concurso que ganó López).


Fuente: http://www.lagaceta.com.ar/nota/494760/Politica/Corte-se-declaro-competente-caso-Lopez.html


| Compartir:
Twitter
| Tamaño texto:
| Enviar:
Te puede interesar






links